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Requisitos para presentarse a Auxiliar Administrativo del Estado (C2)
Los requisitos vigentes son los que fija la última convocatoria publicada: nacionalidad (española o en los supuestos de libre circulación), capacidad funcional, 16 años cumplidos y no pasar de la jubilación forzosa, no estar separado por expediente disciplinario ni inhabilitado, y el título de Graduado en Educación Secundaria —o estar en condiciones de obtenerlo—. Están en las normas comunes de la convocatoria (base 3, «Requisitos»), de la Resolución de 18 de diciembre de 2025, y aquí van uno a uno con su punto exacto y su enlace al BOE.
Datos verificados el 14 de octubre de 2026. Las citas son de las normas comunes (bases 3 y 4) de la convocatoria vigente, [BOE-A-2025-26262], y de la Orden HFP/688/2017, que establece las bases comunes [BOE-A-2017-8652].
1. Los requisitos, de un vistazo
| Requisito | Qué exige, literalmente | Dónde está |
|---|---|---|
| Nacionalidad | Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un Estado miembro de la UE (o cónyuge, o descendiente en los términos del punto), con las excepciones de los empleos que impliquen ejercicio del poder público | normas comunes, 3.2 [BOE-A-2025-26262] |
| Capacidad | Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas | normas comunes, 3.3 [BOE-A-2025-26262] |
| Edad | 16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa, 65 años | normas comunes, 3.4 [BOE-A-2025-26262] |
| Habilitación | No haber sido separado por expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial, ni pertenecer ya al mismo cuerpo | normas comunes, 3.5 [BOE-A-2025-26262] |
| Titulación del C2 | Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria (o título superior, según la Orden EDU/1603/2009 de equivalencias) | normas comunes, 3.7 [BOE-A-2025-26262] |
| Títulos extranjeros | Credencial de homologación o certificado de equivalencia, con la excepción del reconocimiento de cualificación profesional de la UE | normas comunes, 3.8 [BOE-A-2025-26262] |
| Cuándo hay que tenerlos | El día en que termina el plazo de solicitudes, y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera | normas comunes, 3.1 [BOE-A-2025-26262] |
La convocatoria reproduce además los requisitos generales de la base décima de la Orden HFP/688/2017 [BOE-A-2017-8652], que reitera nacionalidad, capacidad, edad y habilitación en términos casi idénticos: no hay un requisito «escondido» ahí que no esté en la tabla.
2. La titulación: qué título exacto pide el C2
Es la duda que más se consulta y la respuesta es concreta:
«Procesos selectivos correspondientes al Subgrupo C2: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o título superior.»
normas comunes, 3.7, de la Resolución de 18 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26262), consultada el 2026-10-14.
| Tu situación | Qué implica |
|---|---|
| ESO terminada | Cumples el requisito de titulación del C2. Es el título mínimo, no hace falta bachillerato |
| Bachillerato, Técnico, Técnico Superior, Grado o superior | También cumples: el punto exige el título de Graduado en Educación Secundaria o título superior. En la solicitud se declara la titulación académica más alta que poseas, con independencia de la exigida para ingresar |
| Te queda alguna asignatura o los créditos, pero ya has terminado en junio y el título no está emitido | La convocatoria admite estar «en condiciones de obtener» el título, y lo concreta: certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS y, en su caso, el abono de las tasas de expedición |
| Título de otro país | Necesitas la credencial de homologación o el certificado de equivalencia a la fecha de fin del plazo; no vale el título extranjero sin ese trámite, salvo el reconocimiento de cualificación profesional de la UE |
| Solo tienes el graduado escolar antiguo o FP de primer grado | No lo decidimos nosotros: la equivalencia con la ESO es lo que declara la Orden EDU/1603/2009, y el BOE enlaza esa orden precisamente para eso. Consúltala o pregunta en tu administración educativa antes de contar con ello |
3. Nacionalidad: quién puede presentarse
El punto 3.2 empieza con una frase sin matices: «Las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española». A partir de ahí abre la puerta, «en igualdad de condiciones que los españoles», a:
- Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la UE, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho; y con las mismas condiciones, los descendientes menores de 21 años o mayores de esa edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales celebrados por la UE y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
La excepción que el propio punto añade son «aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas». Los aspirantes no residentes en España de los apartados 2 y 3 deben acompañar a la solicitud el documento que acredite la condición que alegan, en aplicación del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
normas comunes, 3.2 [BOE-A-2025-26262]. Si tu caso es el del cónyuge o el de un tratado internacional, no te fíes de un resumen: lee el punto entero y, si hay duda, pregunta al órgano convocante, porque la acreditación documental se exige en la solicitud.
4. Edad y capacidad
| Requisito | Texto de la convocatoria | Lectura práctica |
|---|---|---|
| Edad (3.4) | «Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, 65 años» | No hay edad mínima de 18 ni límite de edad por abajo más allá de los 16. La base común permite exigir 18 años en cuerpos con ejercicio de autoridad: en esta convocatoria de Auxiliar no se hizo |
| Capacidad (3.3) | «Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas» | Es una exigencia funcional, no un listado de exclusiones médicas: la convocatoria se adapta al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, que eliminó determinadas causas médicas de exclusión |
5. Habilitación y compatibilidad, sin inventar un requisito
El punto 3.5 pide, resumido: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, y no pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de ser nacional de otro Estado, añade que no se esté inhabilitado ni sancionado de forma equivalente en su país.
Y aquí conviene ser exacto, porque en internet se mezclan dos cosas: las bases específicas de Auxiliar (puntos 3.1 a 3.8) no incluyen un punto de «compatibilidad» ni exigen una declaración de incompatibilidades en el momento de la solicitud. Lo que existe es el régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que se plantea cuando ya se es funcionario y se toma posesión, no como requisito de admisión a las pruebas. Esta guía no va a convertir ese régimen general en un requisito de inscripción que el BOE de esta convocatoria no pide.
normas comunes, 3.5 [BOE-A-2025-26262]. Si vienes de otra Administración o compatibilizas un segundo empleo, la pregunta correcta no es «¿me admiten?» (por esto, sí) sino «¿cómo queda mi situación al tomar posesión?», y eso se consulta con tu unidad de personal o con la oficina de conflictos de intereses.
6. Cuándo se comprueban y qué pasa si algo falla
| Momento | Qué ocurre | Fuente |
|---|---|---|
| Fin del plazo de solicitudes | Hay que poseer ya todos los requisitos (o estar en condiciones de obtener el título). El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE | normas comunes, 3.1 y 4.6 [BOE-A-2025-26262] |
| Hasta la toma de posesión | Los requisitos se mantienen: si dejas de cumplirlos, decaes | normas comunes, 3.1 [BOE-A-2025-26262] |
| Si no se cumple | La solicitud se presenta electrónicamente en el modelo 790 y «la no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante». Los errores subsanables se avisan para subsanación dentro del plazo otorgado | normas comunes, 4.2 [BOE-A-2025-26262] |
| La próxima convocatoria | Puede cambiar estos requisitos: cada convocatoria trae sus propias bases. Antes de inscribirte, lee el anexo del BOE del día, no un resumen (ni este) | Naturaleza de las bases específicas |
7. Si quieres comprobar tu punto de partida hoy
Los requisitos se cumplen o no se cumplen, y eso se resuelve leyendo. Lo que sí conviene medir antes de la convocatoria es el nivel: el diagnóstico gratuito son 40 preguntas de exámenes oficiales (unos 35 minutos, sin registro, con la corrección y las claves oficiales en la propia página) y te devuelve un mini-plan por email. Si marcas la casilla de avisos del formulario, además te escribimos cuando se publique la próxima convocatoria: es la misma casilla de la que hablamos en la guía de la convocatoria.
El pack de pago (49 €, pago único, PDF cerrado atado a la última convocatoria publicada, sin tutor y sin suscripción) sirve para estudiar y practicar; no sustituye a la lectura del BOE para los requisitos ni puede decirte si te admitirán.
Hacer el diagnóstico gratuito (35 min) Cómo son los psicotécnicos
Preguntas cortas
| ¿Necesito bachillerato para Auxiliar C2? | No. El título exigido es el de Graduado en Educación Secundaria (la ESO), o un título superior. El bachillerato también sirve, pero no es necesario. |
| ¿Hay límite de edad para presentarse? | El punto 3.4 de la convocatoria vigente fija 16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa, 65 años. No hay tope de 18 ni de 30. |
| ¿Puedo presentarme si aún no tengo el título en la mano? | Sí, si estás «en condiciones de obtener» el título: la convocatoria admite el certificado del órgano educativo competente que acredite que has superado todas las asignaturas o créditos y, en su caso, el abono de las tasas de expedición. |
| ¿Y si mi título es de otro país? | Necesitas la credencial de homologación o el certificado de equivalencia a la fecha de fin del plazo, salvo que tengas reconocida tu cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo del derecho de la UE. |
| ¿Estos requisitos valdrán para la próxima convocatoria? | Son los de la última convocatoria publicada (diciembre de 2025). Las bases de la siguiente pueden modificarlos, así que la referencia definitiva será el BOE del día de su publicación. |
| ¿Esta página es oficial? | No. Material de elaboración propia a partir de fuentes oficiales publicadas (BOE), sin afiliación con la Administración General del Estado. |